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Calculadora de aguinaldo (México)

Aguinaldo según la Ley Federal del Trabajo y parte exenta de ISR

En resumen

El aguinaldo en México es de al menos 15 días de salario y debe pagarse antes del 20 de diciembre (artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo). Con un sueldo mensual de $12,000 el salario diario es de $400 y el aguinaldo, de $6,000. Si no trabajaste todo el año, se multiplica por los días trabajados y se divide entre 365.

Preguntas frecuentes con valores concretos

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

El aguinaldo mínimo en México son 15 días de salario, según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Se calcula como salario diario × 15. Con un sueldo mensual de $12,000, el salario diario es 12,000 ÷ 30 = $400 y el aguinaldo es 400 × 15 = $6,000. Si tu empresa o tu contrato dan más días, usa esos días en la calculadora.

¿Cómo calcular el aguinaldo proporcional?

Si no trabajaste el año completo te corresponde la parte proporcional: salario diario × 15 × días trabajados ÷ 365. Con un salario diario de $400 y 200 días trabajados, el aguinaldo es 400 × 15 × 200 ÷ 365 = $3,287.67. El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo reconoce este pago aunque ya no trabajes en la empresa.

¿Cuándo se paga el aguinaldo?

El aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año, según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Si trabajaste solo una parte del año o dejaste la empresa antes de diciembre, también tienes derecho a la parte proporcional. Si no te lo pagan a tiempo, puedes pedir orientación gratuita a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).

¿Qué hago si no me pagaron el aguinaldo completo?

Revisa primero el cálculo: salario diario × días de aguinaldo × días trabajados ÷ 365, con un mínimo de 15 días de salario por año completo. Si te pagaron menos, pide una aclaración por escrito a tu empresa. Si no lo corrigen, puedes acudir gratis a la PROFEDET o al Centro de Conciliación Laboral de tu estado, y conviene hacerlo cuanto antes.

¿El aguinaldo paga ISR?

Según el criterio del SAT, el aguinaldo está exento de ISR hasta 30 UMA: 30 × $117.31 = $3,519.30 en 2026. Solo lo que exceda esa cantidad paga impuesto. Con un aguinaldo de $6,000, la parte exenta son $3,519.30 y la parte gravada $2,480.70, sobre la que tu empresa retiene el ISR que corresponda a tu salario.

Calculadora de aguinaldo 2026

Con esta calculadora de aguinaldo sabes cuánto te toca en diciembre según la Ley Federal del Trabajo de México. Escribe tu salario mensual, quincenal, semanal o diario, los días de aguinaldo que da tu empresa y los días que trabajaste en el año, o tu fecha de ingreso si entraste este año. Verás el aguinaldo bruto y su parte exenta y gravada de ISR.

Fórmula del aguinaldo paso a paso

  1. Calcula tu salario diario: el mensual entre 30, el quincenal entre 15 o el semanal entre 7.
  2. Multiplícalo por los días de aguinaldo: 15 como mínimo por ley.
  3. Si no trabajaste todo el año, multiplica por los días trabajados y divide entre 365.

Ejemplo: con $9,000 al mes el salario diario es de $300 y el aguinaldo de un año completo, 300 × 15 = $4,500. Si entraste el 1 de julio, del 1 de julio al 31 de diciembre son 184 días y el aguinaldo proporcional es 4,500 × 184 ÷ 365 = $2,268.49.

Tabla de aguinaldo por salario mensual

Aguinaldo de 15 días por un año completo, con la parte exenta de ISR según el criterio del SAT (30 UMA, $3,519.30 en 2026):

Salario mensualSalario diarioAguinaldoExentoGravado
$8,000$266.67$4,000.00$3,519.30$480.70
$10,000$333.33$5,000.00$3,519.30$1,480.70
$12,000$400.00$6,000.00$3,519.30$2,480.70
$15,000$500.00$7,500.00$3,519.30$3,980.70
$20,000$666.67$10,000.00$3,519.30$6,480.70
$25,000$833.33$12,500.00$3,519.30$8,980.70
$30,000$1,000.00$15,000.00$3,519.30$11,480.70
$40,000$1,333.33$20,000.00$3,519.30$16,480.70

ISR del aguinaldo

Según el criterio del SAT, el aguinaldo está exento de ISR hasta 30 veces el valor diario de la UMA: $3,519.30 con la UMA de 2026 ($117.31, vigente del 1 de febrero de 2026 al 31 de enero de 2027). Solo la parte que supera esa cantidad se suma a tu salario para calcular la retención. El texto del artículo 93 de la Ley del ISR menciona el salario mínimo, pero el SAT aplica la UMA como referencia.

Quién tiene derecho al aguinaldo

Tienen derecho todas las personas con una relación de trabajo subordinada, de planta o eventuales, de base o de confianza, y también quienes dejaron la empresa durante el año, en proporción al tiempo trabajado. No les corresponde a quienes cobran por honorarios o trabajan por su cuenta, porque no existe relación laboral.

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